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Programa IPRO

Ayuda Pública a Inversiones Productivas y Tecnológicas de la Región de Murcia

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Información Programa de Apoyo a Inversiones Productivas y Tecnológicas (IPRO)

En este apartado encontrarás Información de las Ayudas a Inversiones Productivas y Tecnológicas (IPRO) para la Región de Murcia

Objetivo del Programa IPRO


El objetivo del Programa de Apoyo a Inversiones Productivas y Tecnológicas es fomentar la realización de inversiones productivas y tecnológicas de las pequeñas y medianas empresas de la Región de Murcia. Se subvencionará la adquisición de equipamiento productivo que suponga una mejora competitiva de la empresa

Esta convocatoria tiene por objeto, fomentar los proyectos de inversión en activos materiales relacionados con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo o una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.

Beneficiarios


PYMES, con forma societaria, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I en el Tratado, y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas y de investigación, que realicen una inversión elegible en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Requisitos


a) El proyecto de inversión no podrá estar iniciado antes de la presentación de la solicitud, es decir, que el primer compromiso en firme para el pedido de equipos u otro compromiso que haga la inversión irreversible, debe ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud.

b) Las inversiones deberán mantenerse durante tres años desde la finalización del proyecto considerado. No obstante, las inversiones mencionadas podrán ser sustituidas en el caso de obsolescencia, o avería siempre y cuando la actividad económica del beneficiario se mantenga en la Región de Murcia durante el período mínimo señalado.

c) Aportación mínima del beneficiario del 25% de la financiación del proyecto mediante cualquier tipo de recursos no subvencionados, es decir, mediante sus recursos propios o mediante financiación externa sin elemento de ayuda (exenta de cualquier tipo de ayuda pública).

d) El proyecto deberá tener una inversión elegible mínima de 50.000 euros.

e) La inversión inicial emprendida por el mismo beneficiario (a nivel de grupo) en un período de tres años contado a partir de la fecha de inicio de los trabajos en otra inversión que haya recibido ayuda en la Región de Murcia se considerará parte de un proyecto de inversión único, con el objeto de determinar si éste tiene la consideración un gran proyecto de inversión, en cuyo caso el importe total de la ayuda para el proyecto de inversión único no superará el importe ajustado de la ayuda para grandes proyectos de inversión con arreglo a lo previsto en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (Reglamento General de Exención por Categorías).

f) En el caso de ayudas concedidas para una diversificación de un establecimiento existente, los costes subvencionables deberán superar como mínimo el 200% del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de la inversión elegible.

Costes Subvencionables


La adquisición de activos productivos materiales nuevos, realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.

Quedan excluidos la compra de terrenos, edificaciones, elementos de transporte externos y obra civil (las instalaciones en fontanería y alumbrado, se consideran obra civil).

Cuantía de la subvención


La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario, no podrá exceder de ciento cincuenta mil euros (150.000 €) con cargo a cada convocatoria en concepto de subvención bruta y la intensidad máxima podrá alcanzar hasta un 45% sobre los costes elegibles de conformidad con lo previsto en el Apartado “Ayuda” del Anexo I.

Plazo de apertura


El Programa de Apoyo a Inversiones Productivas y Tecnológicas está abierto del 29 de Septiembre al 18 de Octubre de 2021.

Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

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